Protección de la educación

Se cree que por ejemplo SURA vende seguros educativos cuando lo que ofrece son rentas educativas, que son productos financieros desde todos los puntos de vista diferentes, así al final se usen para lo mismo.
Antes que nada se debe advertir que la protección para la educación puede consistir en:
1. Un inmueble, cuyo valor de venta puede pagar la educación de un niño (ideal con algo de hipoteca por ventaja tributaria y seguro obligatorio).
2.El respaldo de las familias (fondos familiares o simplemente recursos en exceso).
3.Un ahorro en pensiones voluntarias (con beneficio tributario)
4. Una inversión en el mercado de valores o capitales (o en algún activo productivo)
5.Un seguro de vida.
6. Un seguro de educación.
7. Una renta educativa
Primero se deben analizar las 5 primeras opciones (quitando la #2), que para muchos pueden tener ventajas como ahorro en pago de impuestos, diversificación de riesgo, garantía, etc.
Si a pesar de estas opciones se tienen recursos disponibles, entonces tenemos estas dos alternativas de Protección específicas para la educación:
SEGURO EDUCATIVO:
Lo que se comercializa principalmente en Colombia es para la educación universitaria, que exige el pago de una prima (varias decenas de millones de pesos), con la promesa de que la aseguradora se encargará de pagar 10 semestres de universidad. Por lo general, el retorno de la inversión y el capital mismo no los ven o pueden recuperar sino cuando, el siniestro (el estudio universitario) se presenta. En la estructura de contrato de seguro desconocemos otros países que lo ofrezcan.
RENTA EDUCATIVA:
La renta educativa es un ahorro programado con un rendimiento conservador, por lo general cubierto por un seguro de vida que en caso de muerte o incapacidad, termina de hacer los aportes para el ahorro programado. El tamaño de ahorro depende de la necesidad/posibilidad de cada persona y el capital siempre puede ser recuperado.
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